Acceder a la prestación pública de jubilación en España puede tener diferentes variables, como es la edad del trabajador, los años cotizados o el interés en seguir, permitiendo un tipo u otro. Puedes obtener la jubilación ordinaria, la jubilación anticipada, la jubilación parcial, la jubilación demorada, la jubilación activa y la prejubilación, veamos un poco en profundidad sus características:
Jubilación ordinaria:
Cuando el trabajador cumple la edad legal de jubilación, que en 2019 es de 65 años, ampliable a 67 hasta 2027. Además, el trabajador tiene que haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social y 2 antes de 10 desde que se solicita. Su cuantía se calcula en función de los últimos 20 años.
Jubilación anticipada:
Existen 3 tipos de jubilación anticipada que tienen que reunir los siguientes requisitos para poder solicitarse:
- Jubilación anticipada por cese involuntario (requiere causas objetivas y acreditar 33 años de cotizaciones);
- Jubilación anticipada por cese voluntario (requiere alta o asimilada y acreditar 35 años de cotizaciones);
- Jubilación anticipada sin condición de mutualista (requiere acreditar 30 años de cotizaciones).
Jubilación parcial:
Aquella que se inicia después del cumplimiento de los 60 años.
Jubilación flexible:
Aquella que se puede compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial (oscilando entre el 50 y el 75% de la jornada de tiempo completo).
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Jubilación activa:
Aquella que permite compatibilizar el 50% de la pensión con un trabajo a tiempo parcial o completo, por cuenta ajena o propia (requiere haber cumplido la edad ordinaria y alcanzar el 100% de la base reguladora).
Jubilación diferida:
Aquella producida después de la edad ordinaria que le corresponde (contiene incentivos que incrementan la jubilación entre un 2 y un 4% adicional por cada año).
Prejubilación:
Legalmetne se trata de una salida pactada entre la empresa y el trabajador durante los años previos a la edad mínima requerida de jubilación.
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